Documentación necesaria para renovar el DNI
Documentación para la primera inscripción
Para solicitar la tramitación del Documento Nacional de Identidad por primera vez, será imprescindible que la persona que solicita el documento esté presente, pague las tasas establecidas y presente los documentos que citamos a continuación:
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Certificación literal de nacimiento expedido por el Registro Civil correspondiente o Certificado de inscripción de la nacionalidad española cuando sea necesario. A estos efectos, sólo se admitirán las certificaciones expedidas con una antelación máxima de seis meses a la fecha de presentación de la solicitud de expedición del Documento Nacional de Identidad.
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Una fotografía reciente en color del interesado, tamaño 32 por 26 milímetros, con fondo uniforme, blanco y liso. Plano frontal con la cabeza totalmente descubierta y sin gafas de cristales oscuros o cualquier otra prenda que pueda impedir o dificultar la identificación de la persona.
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Certificado o impreso de empadronamiento del Ayuntamiento donde el solicitante tenga su domicilio, expedido con una antelación máxima de tres meses a la fecha de la solicitud del Documento Nacional de Identidad.
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Cuando el titular del DNI sea menor de 14 años o incapaz, el trámite se llevará a cabo en presencia de la persona que tenga encomendada la patria potestad o tutela, o persona apoderada por estas últimas.
Requisitos para la renovación
La renovación del DNI se deberá realizar durante de los últimos 90 días de vigencia del documento y para su tramitación será imprescindible la presencia del titular del Documento, que abonará la tasa correspondiente (en efectivo o por vía telemática) y aportará los siguientes documentos necesarios:
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Una fotografía reciente en color del rostro del solicitante, tamaño 32 por 26 milímetros, con fondo uniforme, blanco y liso. De plano frontal con la cabeza totalmente descubierta y sin gafas de cristales oscuros o cualquier otra prenda que pueda impedir o dificultar la identificación de la persona.
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El DNI anterior (en caso de pérdida o sustracción se requerirá denuncia previa o comunicarlo al profesional que tramita el documento).
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En caso de haber cambiado de domicilio, y sea diferente al que aparece en el DNI anterior, el Certificado o impreso de empadronamiento, expedido con una antelación máxima de tres meses a la fecha de la solicitud del DNI. Sin embargo, este documento no es necesario, si el interesado autoriza al equipo de expedición para que pueda comprobar su domicilio, mediante una consulta al Sistema de Verificación de Datos de Residencia.
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Si el alta en el Padrón Municipal se ha realizado en los dos últimos meses, es necesario aportar el certificado o impreso de empadronamiento al que se hace referencia en el punto anterior.
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En caso de que haya un cambio en los datos de filiación, el Certificado del Registro Civil, tramitado con una antelación máxima de seis meses a la fecha de presentación de la solicitud del DNI.
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Cuando el titular del DNI sea menor de 14 años o incapaz se llevará a cabo en presencia de la persona que tenga la patria potestad o tutela, o persona apoderada por estas últimas.
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El extravío, sustracción, destrucción o deterioro del Documento Nacional de Identidad ( DNI por pérdida ), el titular tiene la obligación de obtener un duplicado para estar debidamente documentado. La validez será la misma que tenía el Documento al que sustituye, a no ser que al documento de Identidad le queden 90 días o menos de vigencia. En este caso contaría como una renovación.
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Cuando se vaya a expedir un duplicado con la misma vigencia que el anterior no será necesaria la presentación de fotografía, a no ser que el interesado fuera menor de edad en el momento y no tuviera certificados cargados en el chip de su DNI.En ese caso, si necesitaría una fotografía.
Ciudadanos españoles que residen en el extranjero
Los españoles que soliciten renovar el DNI desde el extranjero deberán presentar, además de los mencionados anteriormente en el texto, la siguiente documentación:
Primera inscripción de DNI en el extranjero
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Certificado de residencia tramitado por el Consulado de residencia, con el único objetivo de solicitar el Documento Nacional de Identidad, siempre y cuando el domicilio esté en el extranjero. Únicamente serán admitidas las certificaciones expedidas con una antelación máxima de tres meses a la fecha de presentación de la solicitud de expedición del Documento Nacional de Identidad.
Renovación del DNI en el extranjero
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Si hay cambio de domicilio y el nuevo se encuentra también en el extranjero, el Certificado de residencia tramitado por la Representación Diplomática o Consular donde el solicitante esté inscrito como residente, con especificación del país, localidad, calle y número donde esté domiciliado. Con una antelación máxima de tres meses a la fecha de la renovación del DNI.
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Si no se ha producido un cambio de domicilio, este documento no será necesario.
En cualquier caso, cuando los titulares de los documentos expedidos con domicilio en el extranjero, cambien su residencia a España, deberán renovar dicho documento para actualizar su domicilio.